Para dar lugar a indemnizaciones por parte del patrono, el Acoso Moral debe estar vinculado al padecimiento de una enfermedad ocupacional.
En fecha veintisiete (27) de Septiembre de 2010, el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, resuelve Recurso de Apelación indicando que el trabajador tiene la carga de probar la relación de causalidad entre el presunto acoso moral en el trabajo, y la enfermedad que padece, siendo ésta la única forma en que procederá el pago de indemnizaciones.
A continuación resumimos la sentencia, anteriormente referida:
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