domingo, 14 de diciembre de 2008

Cuando lo 'legal' contradice lo 'ético', ¿qué hacer?

Por F. Xavier Agulló. El tribunal superior de justicia andaluz ha fallado que obligar a las enfermeras a usar falda no es ilegal (ver noticia). En la misma crónica de Europa Press, el titular es todo un llamado a lo irreal: "Feministas califican de sorprendente la sentencia del TSJA sobre el uso obligatorio de falda entre las enfermeras".

No creo de entrada que haya que ser feminista para pedir lo evidente. Dejando este hecho de lado, me quiero centrar en el análisis que apunto en el título: no dudo de la legalidad de dicho elemento, aunque tampoco dudo que algún otro tribunal, según quien ocupe su titularidad, fallara precisamente todo lo contrario, pues la ley está sujeta a interpretación (lo que se llama de facto jurisprudencia).

Así pues, cuando dicho fallo judicial contradice claramente lo que desde un punto de visto ético o socialmente responsable es discriminación, o es simplemente hacer oídos sordos a las reclamaciones de un grupo de interés, ¿debemos acatar a rajatabla tal decisión? ¿no debería existir el derecho a objeción de conciencia para con una decisión judicial contraria a la ética individual?

La responsabilidad social, la eclosión de la ética en la sociedad, introduce nuevos aspectos que en cierto modo pueden complementar lo legal, aunque habrá quien pueda afirmar que sea intrusismo profesional o atentado contra la independencia del poder judicial. Es cierto que para ello existen los recursos, pero no sé si es suficiente.

Lo cierto es que tal atentado contra la indepencia del poder judicial no existe, simplemente porqué no hablamos de ley, sino de interpretación de la misma. La judicatura existe porqué alguien tiene que interpretar y, lógicamente, aplicar la Ley.

El replanteamiento que creo que sería procedente es si la jurisprudencia debe tener la consideración de parte del cuerpo legislativo una vez emitida como establece el sistema. Creo que sería mayoría la población que ahora mismo consideraría aberrante y anacrónica la decisión de esta persona en concreto, por más miembro de un tribunal superior de justicia que sea.

Entonces, ¿tenemos en nombre de la Ley que aceptar lo contrario a la ética o la responsabilidad social?

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