Por F. Xavier Agulló. La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) española sigue con su firme voluntad de robar la libertad de expresión en Internet. Son conocidos dos casos de SGAE contra bloggers: PutaSGAE y Merodeando, blog éste último al cual quiero hacer referencia por la gravedad de los hechos condenados. Y es que ya hay sentencia condenatoria contra Julio Alonso, autor del blog y director general de Weblogs SL, que ha sido condenado en primera instancia por vulnerar el "derecho al honor" de la SGAE en algunos comentarios de la audiencia hechos en su página personal.
Lo grave del caso es que no se condena a Alonso por su opinión en un posteo del año 2004 (SGAE=Ladrones), ni por el título, sino por los comentarios vertidos a partir de ese posteo por la audiencia. Es decir, se condena a Alonso por permitir el derecho a la libertad de expresión de otras personas. Por cierto, nos cuenta el propio Alonso en su valoración de la setencia en su blog que la propia judicatura ha 'copiado' contenidos de Internet en distintas secuencias, para definir por ejemplo blog. Todo un ejemplo de respeto a los contenidos, ¡olé!
Y es que ni judicatura ni SGAE han comprendido todavía que del mismo modo que no es posible juzgar a nadie en una tertulia de café por 'faltar al honor' de la SGAE, tampoco es de recibo hacerlo si la opinión se vierte a través de un blog. Los blogs, o cuadernos de bitácora en castellano, son el equivalente digital de opiniones personales. La propia SGAE tiene el derecho de verter su opinión y rebatir argumentos en el propio blog. En cambio prefiere poner paredes a Internet.
Pero como una criatura llorona, recurrió al juzgado para que le sacaran las castañas del fuego. En este caso pues nos encontramos con la conjunción 'astral' de dos irresponsabilidades: la incapacidad de la SGAE de dialogar con la sociedad (todavía nadie sabe qué hace con todo el dinero que recauda con el canon digital, alias 'impuesto revolucionario' sobre las nuevas tecnologías), y por otro la más que dudosa profesionalidad de la judicatura, que encima se permite 'copiar' textos de Internet en su redacción de la sentencia. Lo lamentable es que ni un caso ni el otro son aislados: con anterioridad escribí en este blog sobre el caso del requerimiento judicial de Leroy Merlin a un blogger (Leroy Merlin denuncia a un blog) y el caso Intervida, en el que la juez instructora hizo gala de gran creatividad 'jurisprudencial' y encima también copió, en este caso el literal del contenido editorial de un artículo en una revista contra Intervida.
En fin, que Internet es mala... para quién no sabe teclear.
He leído el post, luego he acudido a leer las referencias que en él se citan, y luego he vuelto a leerlo un par de veces más, y siempre llego a la misma conclusión: no comprendo por qué se juzga como "irresponsable" y de "dudosa profesionalidad" la actuación de la Jueza 55 de primera instancia de Madrid.
ResponderEliminar¿Acaso fue irresponsable o falto de profesionalidad fallar en contra de Julio Alonso?
Luego de leer la sentencia en cuestión, entiendo que la Jueza María del Carmen Cabrejas fundó su decisión en una premisa clara y concreta: los ciudadanos españoles, así como los residentes en España, tienen garantizado su derecho constitucional y fundamental a la libre expresión (art. 20.1.a de la CE); sin embargo, como todo derecho, el derecho a la libre expresión no es de carácter absoluto, siendo una de sus limitaciones constitucionales justamente el derecho al honor y la honra de los demás (art. 20.4 y de la CE) (ver el tercer fundamento de derecho). Así que no, no se condenó a Alonso por permitir el derecho a la libertad de expresión de otras personas.
Si bien es difícil definir aquello que debe entenderse como una "falta al honor", tal y como lo acepta la propia juzgadora, afirmar que no puede considerarse como tal lo expuesto en un blog por tratarse del equivalente a una "opinión personal", no lo comparto. Por un lado, no termino de encontrar dicho eximente de responsabilidad ni en la ley orgánica primera de 1982 (de protección civil del derecho al honor, etc.),ni en su código penal; y por el otro, me parece una aseveración poco sana: Yo no puedo andar diciendo lo que se me cante por el mundo de ella, de él, de ellos y de aquellos, agazapándome en la guarda de que se tratan de simples opiniones personales.
Que sea ridículo que la SGAE haya decidido accionar en contra de Alonso es cierto, pero eso no borra la ocurrencia de la falta (En serio que se trata de una actitud ridícula, te imaginas Xavier donde el equipo de fútbol al cual le voy decidiera hacer lo mismo con todos sus hinchas... caray, no soy capaz de imaginarme el número de procesos que podrían llegar a existir, no soy capaz ni de imaginarme cuantos de esos pudieran seguirse en mi contra).
Ahora, que se califique de "falto de profesionalidad" el hecho que la Jueza incluyera en su sentencia una definición de blog presuntamente proveniente de la web, me parece exagerado.
Hice un pequeño ejercicio, copie una parte del texto de la definición (fundamento cuarto (primero, pues por equivocación hay dos puntos con la misma identificación)) y la puse en el buscador de google. La primera página referida fue wikipedia. El texto era exactamente el mismo, es cierto, pero me llamó mucho la atención que de ahí en adelante revisé cerca de 50 blogs más y en todos el texto, aparte de ser exactamente el mismo, carecía de una referencia a su autor.
Acepto que la Jueza se equivocó al no citar la fuente de dicha definición. Que la tomó de internet, muy seguramente así fue. Más sin embargo, no veo por qué calificar tan a la ligera y con un juicio tan absoluto su trabajo de la forma como se lo hizo, ¿Acaso lo que estuvo mal fue que como funcionaria judicial incluyera en su fallo una referencia tomada de internet? Yo tenía asumido que internet era una fuente de conocimiento, y que la información que en ella se encuentra puede ser igual o más valiosa que la que hay en cualquier libro ¿no es así?
Bueno, y ya para terminar con toda esta perorata que espero sepas perdonarme Xavier, personalmente considero que los bloggers debemos empezar a asumir que somos responsables tanto del contenido que publicamos en nuestros blogs, como de los comentarios que en ellos pueden incluir terceros; al fin y al cabo somos nosotros quienes les estamos ofreciendo el medio para hacer públicas sus opiniones. Sin duda alguna tenemos en ellos una herramienta que puede ayudar a construir grandes cosas, pero también a causar mucho daño, todo depende, como tu mismo lo dices, de "quien teclea".
Un abrazo.
(perdón por lo extenso)