martes, 1 de abril de 2008

RSC: El derecho a la injerencia social en la gestión de la organización

Por F. Xavier Agulló. Tengo un especial apego al acuñamiento de nuevos términos y conceptos, lo reconozco. Por ello me ha llamado la atención un posteo de José Carlos González en su blog Responsabilidad ¡SOCIAL!, vinculado a la central obrera española CCOO. La 'injerencia social' como elemento intrínseco a la RSC es a mi entender irrenunciable. No implica que cualquier persona o entidad pueda inmiscuirse en el día a día de cualquier organización, pero sí las que están de alguna forma afectadas (o beneficiadas) por la actividad de la misma.

La 'injerencia social' no es más que otra forma de hablar de 'diálogo con los grupos de interés' o de 'assurance', pero en definitiva es un término que aunque dogmatiza desde una connotación negativa ('injerencia') aporta muchos valores positivos. Si la organización acepta dicha 'injerencia' sin matices léxicos ni tapujos, la empresa habrá hecho un gran saldo hacia la responsabilidad social corporativa.

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